El primer sorteo del calendario de la Liga profesional será en la sede del CSD

Habrá dos sorteos de la liga femenina y sólo valdrá el de la patronal

Salvo que el CSD lo evite en los próximos días en su condición del órgano supremo del deporte español, en las próximas semanas podemos asistir a una situación surrealista en la nueva liga profesional femenina de fútbol. Y pasa porque se hagan sus sorteos del calendario de la temporada 2022-2023.

El pasado miércoles la nueva Liga, previo consenso con el mismo CSD, anunció que el sorteo se celebrará en la sede del órgano gubernamental en Madrid. Y donde la Liga invitaba a la RFEF a estar presente en el mismo.

Horas más tarde la RFEF emitió un comunicado donde fijaba la fecha para este sorteo el próximo miércoles 27 de julio a las 12:00 horas en la Ciudad del Fútbol de Las Rozas.

Como decimos, o interviene el CSD, o podemos encontrarnos que en las próximas semanas habrá dos sorteos distintos de la misma competición.

Partiendo además de la base normativa que es la nueva liga profesional la que tiene las competencias sobre dicho sorteo. No está esta circunstancia entre las materias de coordinación que deben fijar la patronal y el estamento federativo.

Conforme recoge el artículo 4.2 de los estatutos de la Liga Profesional Femenina de Fútbol aprobados por la Comisión Directiva del CSD el 14 de marzo de este año, son materias objeto de coordinación la elaboración del calendario, como así lo han hecho, así como los ascensos y descensos (solo habrá dos que apuesta la Liga frente a los cinco que incluyó inicialmente la RFEF) , el arbitraje (no hay acuerdo todavía sobre el coste del arbitraje) , la composición de los órganos disciplinarios, y el número de jugadoras extracomunitarias (cuestión que deberá resolver el CSD ante la falta de acuerdo entre la propia Liga, RFEF y sindicatos).

Pero en ningún sitio de estos estatutos, como tampoco en la Ley del Deporte de 1990 o el Reglamento de Federaciones deportivas españolas, está establecido que la RFEF tenga las competencias para celebrar el sorteo de la competición profesional. Es una potestad de la patronal.

Es más lo que sucede en la liga masculina, donde si se viene celebrando en la sede de la RFEF, no responde a ninguna normativa. Es únicamente una concesión histórica que la liga masculina de fútbol profesional realizó al estamento federativo y que, fruto del mismo, acabó incluyendo en su normativa estatutaria. Pero como concesión de la Liga, no por obligación legal.

Así pues, salvo que esto cambie, habrá dos sorteos. Uno primero que ya tiene fecha del 27 de julio en la RFEF. Y un segundo, cuya fecha no se ha determinado, y que será en la sede del CSD. Y sólo este último será válido. Una iniciativa de la liga de celebrar su sorteo en un escenario novedoso que igual no se ciñe a esta primera temporada.

Precedente resolución del masculino de este mismo mes

La semana pasada precisamente, como ya contamos en este periódico, hubo una resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo que reincidía en las competencias de la Liga masculina. La resolución desestimaba

el recurso contencioso administrativo presentado por la RFEF a la resolución adoptada el 27 de agosto de 2020 del Consejo Superior de Deportes donde resolvía en favor del calendario propuesto por la Liga Nacional de Fútbol Profesional para la celebración de las competiciones futbolísticas oficiales de ámbito estatal y carácter profesional para la temporada 2020/2021.

Resolución que llevaba aparejado la celebración inmediata del sorteo del mismo que acabó celebrándose el 31 de agosto de ese año. 




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