¿Impasse en el INE? Dejemos funcionar a la Constitución | Artículo

“Es lamentable que un proceso que pintaba como un ejercicio razonable en sus formas, apegos a la norma y consenso político y técnico inicial, se haya esfumado en peligro de descarrilamiento hacia su parte final”, escribe Arturo Ramos Sobarzo.

Por Arturo Ramos Sobarzo* / @ArthurRSob

En estos días y horas, se viven momentos cruciales en un componente fundamental de la democracia mexicana. A poco tiempo de que se tengan que designar a las personas que integrarán cuatro vacantes en el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, se ha desatado un debate en torno a un procedimiento que, a pesar de cierta expectativa, en términos generales se había mostrado como adecuado.

Acostumbrados a que cada episodio de la vida nacional destaca por una polarización permanente, el procedimiento de designación de las aún cuatro vacantes llamaba la atención por la forma más o menos tersa en que se había conducido dicho proceso. Desde luego no dejó de haber sobresaltos e impugnaciones en la integración del Comité Técnico, pero a pesar de ello, se vislumbraba al término de la participación de este último, una aceptable forma de culminación.

Sin embargo, en la etapa de la definición de las quintetas tanto el Partido del Trabajo como algunas diputaciones de Morena cuestionaron diversas postulaciones. La concordia que se proyectaba en el proceso se esfumó para dar paso a las descalificaciones.

Dado que en México padecemos una especie de fetichismo constitucional, todo lo que consideramos importante (e incluso algunas otras que no lo son tanto), lo ponemos en la Constitución Federal. De ahí que el procedimiento de designación de consejeras y/o consejeros del INE se encuentra establecido en la Constitución (pudiendo tal vez estar en ley) y consta de las siguientes etapas: 1) Emisión de una convocatoria por Cámara de Diputados; 2) Integración de un Comité Técnico conformado por propuestas de Cámara de Diputados, la CNDH y el INAI; 3) Depuración de listas por dicho Comité y presentación de quintetas a la Cámara de Diputados.

La propia Constitución establece que en caso de falta de consenso o ante la imposibilidad de alcanzar la votación necesaria: 1) Deberá haber una insaculación o sorteo de las quintetas propuestas dentro de la Cámara de Diputados y, 2) ante la inviabilidad de lo anterior, ese mecanismo de insaculación o sorteo será llevado a cabo por la Suprema Corte. Las razones para que sea esta, la última instancia en este caso, se explica por su eficacia en tiempo y forma en la definición de propuestas de magistrados electorales y designaciones de consejeros de la Judicatura.

Más de 300 participantes acudieron en un primer momento a dicha convocatoria abierta, hubo dos depuraciones posteriores hasta llegar a un número finalista de 20 personas divididas en 4 quintetas, 10 mujeres y 10 hombres. Para ello se hicieron exámenes y entrevistas. Habrá que reconocer la postulación paritaria de quienes aspiran a una silla en el Consejo General del INE, muy probablemente por el convencimiento de que ese camino es el correcto y de la reforma constitucional de paridad en todo de 2019.

Quienes llevamos mucho tiempo dedicados a los temas electorales vemos en la gran mayoría de las postulaciones de las quintetas, cuadros técnicos, con trayectoria y de reconocimiento en la materia. Por ello, creo que a partir de las reglas constitucionales hay espacio para el diálogo y la construcción política antes de acudir a la suerte. Si hay reclamos en personas en particular, el modelo de propuesta en quinteta permite una salida a partir del acuerdo político.

Es lamentable que un proceso que pintaba como un ejercicio razonable en sus formas, apegos a la norma y consenso político y técnico inicial, se haya esfumado en peligro de descarrilamiento hacia su parte final. Las decisiones tomadas por mayoría en el Comité no son mayoriteo y deberían ser acatadas sin dejar de disentir si así se quiere. A partir de experiencias pasadas, los autores de las reglas en la integración del INE establecieron un botón de emergencia ante el impasse legislativo, dejando a la suerte, primero en Diputados y luego en la Suprema Corte. Pero antes de ello el texto constitucional integra la idea de la política en sí, en el sentido de que la Junta de Coordinación Política inste a lograr los acuerdos parlamentarios correspondientes.

Me parece que el proceso de insaculación es un incentivo suficiente para evitarlo y en lugar de ello buscar el consenso correspondiente. Esta especie de “rómpase en caso de emergencia” está hecho para tratar de lograr el arreglo político y así evitar reproches posteriores bien entrado el proceso electoral de 2021.

Dejemos que funcione la Constitución. Sería ingenuo pensar que esas reglas operan en entes ajenos a la política, pero también debe pensarse que esas reglas constitucionales permiten e integran la política y la idea del acuerdo parlamentario. Francamente no deja de ser un tanto chocante pensar que, si las fuerzas políticas tienen lugar para la negociación, dicho en el mejor de los sentidos, dejen literalmente a su suerte la mencionada integración. Un cargo de la mayor importancia en la marcha de la democracia no merecería ese fin.

Así, las circunstancias actuales resultan una buena oportunidad y reto al mismo tiempo para la voluntad de las fuerzas políticas en aras de la democracia. Cuando a veces la política no acaba de funcionar, una posible salida es aún posible con más política.

*Director del Centro de Investigación e Informática Jurídica de la Escuela Libre de Derecho

 




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