Inconstitucional, prohibición de cannabis con fines industriales: Corte

Inconstitucional, prohibición de cannabis con fines industriales: Corte

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición para la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo (cannabis) con fines industriales, contenida en la Ley General de Salud y el Código Penal Federal.

A propuesta de la ministra Norma Piña, la Primera Sala amparó, por unanimidad, a la empresa Desart MX contra diversos artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal que, desde 2017, sólo permiten el cultivo de cannabis para fines médicos o científicos.

“Que la quejosa obtenga la autorización para la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo, siempre y cuando garantice que la planta produzca concentraciones iguales o menores al uno por ciento (de THC) y bajo las condiciones de monitoreo, control y seguridad que la autoridad competente, en ejercicio de sus atribuciones técnicas, estime convenientes para proteger la salud y orden público”, señaló la Corte.

El amparo tendrá el efecto de que las autoridades sanitarias deberán expedir a la empresa el permiso para la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo, siempre y cuando garantice que la planta produzca concentraciones iguales o menores al 1 por ciento de THC, componente psicoactivo de la marihuana.

El permiso no será inmediato, pues un tribunal colegiado de circuito aún tendría que revisar otros puntos reclamados por la empresa Desart MX.

En junio pasado el pleno de la Corte aprobó por ocho votos a favor y tres en contra el recurso de inconstitucionalidad contra la ley que prohíbe el uso lúdico y recreativo de la marihuana

La declaratoria de la Corte no autoriza, en cualquier caso, el comercio y distribución de marihuana.

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El ministro (juez) Luis María Aguilar cambió el sentido de su voto de último momento, lo que selló la aprobación de la declaratoria de inconstitucionalidad.

El pleno de la Corte aceptó así el recurso contra la Ley General de Salud, que incluye la marihuana como droga ilícita, para privilegiar así el derecho a decidir de las personas.

La propia SCJN emitió en 2018 la jurisprudencia para el uso recreativo de la mariguana tras haber resuelto en los tres años previos cinco amparos que referían violaciones al libre desarrollo de la personalidad.

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Estas cinco demandas fueron promovidas por integrantes de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART), así como del político Armando Ríos Piter, la chef Josefina Santacruz, el activista Aram Barra y el abogado Ulrich Richter.

Así, el tribunal ordenó al Congreso legislar sobre la materia. En los dos últimos años se han solicitado hasta tres peticiones de prórroga para cumplir con el mandato.

 


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