INE declara improcedentes medidas contra spots del informe presidencial de AMLO

Luego de analizar los spots, la Comisión de Quejas del INE determinó que los promocionales hacen clara alusión al Primer Informe de Gobierno.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la adopción de medidas cautelares, solicitadas por Julio César Landeros Rangel contra el presidente Andrés Manuel López Obrador, y el partido político Morena, por el presunto uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada e indebida adquisición de tiempos en radio y televisión, con motivo de la difusión de tres promocionales relacionados con su primer informe de labores y que, en opinión del promovente, pudieran contener extractos de los spots utilizados en 2016, así como en el proceso electoral federal 2017-2018.

En un comunicado, el INE informa que en sesión extraordinaria, con el voto unánime de las consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, así como del consejero Benito Nacif, se concluyó que la suspensión de la difusión de los spots en radio, televisión y páginas de Internet, denominados “Pensión al doble para adultos mayores/Primer Informe de Gobierno”, “Hemos sembrado 500,000 hectáreas de árboles maderables y frutales, y se le está dando trabajo a 230,000 campesinos. Estamos sembrando vida” y “Becas para estudiantes/Primer Informe de Gobierno”, resulta improcedente.

Lo anterior, debido a que los promocionales no contravienen al artículo 134 párrafo octavo constitucional, en razón de que en ellos se hace una clara alusión a los informes de gobierno del Presidente y referencia directa a acciones y avances del Ejecutivo federal.

Explican que el artículo 69 de la Constitución impone al Presidente de la República la obligación de rendir un informe de su gestión ante el Congreso de la Unión, debiéndose presentar en la apertura del periodo de sesiones; esto es cada primero de septiembre, por lo que la difusión de los mensajes se encuentra dentro de los plazos que establece la norma y atiende a dicha obligación.

La comisión señaló que no se advierte que los spots constituyan una promoción personalizada del Presidente, ya que de una interpretación de la normativa y de criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación como el SUP-REP-138/2017, su contenido y contexto están encaminados a informar a la ciudadanía sobre logros, acciones y tareas cumplidas o llevadas a cabo por el gobierno federal y a la identificación del servidor público con el informe.




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