La exdirectora del IVAM Consuelo Ciscar, condenada por utilizar el museo para promocionar a su hijo artista

Consuelo Ciscar, en una imagen de archivo, cuando dirigía el IVAM, entre 2004 y 2014.
Consuelo Ciscar, en una imagen de archivo, cuando dirigía el IVAM, entre 2004 y 2014.MÒNICA TORRES

El primer juicio contra Consuelo Ciscar, la que fuera directora del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM) entre 2004 y 2014, se ha saldado con una condena de un año y medio de prisión y dos años y medio de inhabilitación para ejercer un empleo o cargo público en la Comunidad Valenciana por ser la autora de los delitos continuados de prevaricación y malversación al utilizar los recursos del museo, de titularidad autonómica, para beneficiar la incipiente carrera artística de su hijo Rafal Blasco Ciscar, conocido por el acrónimo Rablaci. En otoño, se celebrará el segundo juicio contra Consuelo Ciscar, que fue la cabeza visible de la política cultural durante el mandato del PP en la Generalitat valenciana, por la compra de unas obras de Gerardo Rueda como si fueran originales.

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En el caso de Rablaci, que no estaba acusado, la Audiencia de Valencia ha dictado sentencia tras la vista oral del pasado 30 de julio en la que Ciscar reconoció los hechos y se comprometió a pagar su responsabilidad civil pendiente (50.000 euros de los fondos del museo y 25.000 euros de daño reputacional). Por ello, la sección cuarta de la audiencia ha suspendido la pena de prisión, con la condición de que en el plazo de dos años no delinca y atendiendo a los atenuantes de “reparación del daño y la atenuante análogo de confesión”, según recoge la sentencia, adelantada por eldiario.es. Todas las partes mostraron su conformidad con el fallo, que es firme y no se puede recurrir. El fiscal llegó a pedir 12 años de prisión por este caso a la exdirectora de uno de los principales museo de arte moderno en España.

Los colaboradores de la que también fue directora general de Bellas Artes y secretaria autonómica de Cultura de la Generalitat antes de dirigir el IVAM Juan Carlos Lledó, exdirector económico del museo, y Enrique Bienvenido Martínez, empresario dedicado al trasporte de obra de arte, también han sido condenados como “cooperadores necesarios” a un año de prisión y a año y medio de inhabilitación. Al segundo, se le añade dos meses y medio de prisión por falsedad documental, sustituida por una multa de 20 euros al día durante cinco meses. Sobre ambos también operado los mismos atenuantes con el pago subsidiario correspondiente.

Rablaci, en una imagen de un catálogo de una exposición.
Rablaci, en una imagen de un catálogo de una exposición.

En su apartado de Hechos delictivos, la sentencia señala: “Consuelo Ciscar ha desarrollado toda su carrera profesional vinculada al mundo del arte, cosechando grandes amistades con artistas y profesionales del sector. Precisamente por ello, cuando accedió a la dirección del museo, tomó la decisión de gestionarlo como se si tratase de una empresa privada, anteponiendo sus intereses personales a los principios de eficacia, eficiencia y economía, que son los que deben presidir la gestión económica de cualquier ente público”.

Prosigue la sentencia: “La acusada, consciente de las dificultades que existen para alcanzar el éxito en este sector de la cultura, aprovechando sus conocimientos, sus contactos y su posición al frente de una de los museos más importantes de la Comunitat Valenciana, se erigió en la coordinadora del proyecto profesional de su hijo, organizándole exposiciones por distintos países, haciéndolas coincidir con las exposiciones que ella misma proyectaba en el IVAM, a fin de costear, en algunos casos, su asistencia a las inauguraciones de las muestras de su hijo con fondos públicos del museo”.

“Esta coincidencia espacio-temporal también le permitió, tras pactarlo así con el acusado Enrique B. Martínez, que las empresas contratadas para realizar los servicios de transporte, montaje y desmontaje de las exposiciones del museo valenciano, se ocupasen simultáneamente del montaje y desmontaje de las exposiciones de su hijo, y los correspondientes desplazamientos de los asistentes hasta el lugar de la muestra. De esta forma, gracias a la amistad que les unía, podía facturar al IVAM algún viaje particular, simulando que el desplazamiento obedecía a motivos profesionales”, añade el fallo.

Martínez es un antiguo colaborador de Ciscar, que transformó su empresa para especializarse en el transporte de obras de arte. Trabajó con ella en la consejería de Cultura y posteriormente en el IVAM. Los vínculos de las exposiciones internacionales de Rablaci con el IVAM y su entorno y los intereses personales de Ciscar fueron objeto de numerosos artículos periodísticos, así como otros presuntos casos de corrupción o de irregularidades que una auditoria de la Generalitat desveló a finales de 2014. Fue destituida siendo presidente Alberto Fabra y una vez Rafael Blasco perdió toda su fuerza política, acorralado por los casos de corrupción.

El hijo, al margen

Ciscar fue la primera apuesta de Eduardo Zaplana para dirigir el IVAM cuando este accedió a la presidencia de la Generalitat en 1995. Ante el polémica generada en el mundo del arte, el entonces líder del PP valenciano (y hoy investigado por blanqueo de capital y prevaricación, entre otros delitos) la nombró directora general de Bellas Artes. En 2004, el Consell presidido entonces por Francisco Camps la designó directora del IVAM.

La sentencia también sostiene que, “en su propio beneficio, la señora Ciscar utilizó a sus colaboradores más estrechos dentro del personal del museo público, encomendándoles todas las tareas dirigidas a la organización de las exposiciones de Rablaci”. La Audiencia absuelve a Pilar Mundina, colaboradora de Ciscar y apunta que el hijo “siempre se mantuvo al margen de todas las decisiones que su madre iba tomando respecto a su carrera”. La promoción de Rablaci, ahora treintañero, empezó siendo aún estudiante de Bellas Arte. En los últimos años, ha desaparecido de la escena artística. Es hijo de Consuelo Ciscar y Rafael Blasco, exconsejero del PP que ha pasado más de tres en años en prisión al ser condenado en el caso cooperación por el desvío de fondos destinado a la cooperación internacional que nunca llegaron a su destino.


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