Manuel Ruiz de Lopera, expresidente del Real Betis, ha recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia que ratificó que no había adquirido el 31,38% del capital social del club con su dinero en 1992 y también ha demandado a la entidad verdiblanca por incumplir una cláusula del pacto que firmó en 2017, al no levantarle unos avales personales que tenía con el Benfica por el traspaso de Nelson en 2008.
Según ha informado Lopera en un comunicado remitido este viernes a Efe, su sociedad Familia Ruiz Ávalo (Farusa) ha interpuesto sendos recursos de casación e infracción procesal contra el dictamen de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla del pasado 17 de octubre, que confirmó “íntegramente” el fallo del Juzgado de lo Mercantil número 1 del 15 de septiembre de 2017. Esa primera sentencia estimó parcialmente la demanda de diecisiete accionistas del Betis y decretó la nulidad de la suscripción de esas 36.869 acciones por parte de Lopera durante el proceso de conversión del club en sociedad anónima deportiva.
“La sentencia incurre en una infracción procesal al afirmar que Farusa no llevó a cabo ningún esfuerzo probatorio para acreditar el pago de las acciones cuando la realidad es que aportó informe pericial y documentación acreditativos de tal pago, pruebas que la sentencia parece ignorar”, argumenta Lopera.
El ex máximo accionista del Betis también manifiesta su “rotunda disconformidad” con otros puntos de la sentencia que en su opinión “no deben quedar firmes”, de ahí que recurra “aunque ello suponga no percibir de momento los 4 millones de euros todavía pendientes de cobro”, según lo que acordó con los actuales dirigentes del club verdiblanco en el “acuerdo transaccional” firmado en julio de 2017.
Lopera, además, denuncia que el Betis “ha incumplido” otra cláusula del pacto que lo relevaba de las obligaciones que “como avalista personal” asumió ante el Benfica portugués para el fichaje de Nelson, “valoradas en casi 2 millones de euros”. “Por tal razón, tras varios requerimientos infructuosos, me he visto finalmente en la obligación de interponer la correspondiente demanda ante los juzgados de Sevilla”, explica.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla concluyó en su sentencia que Lopera “no desembolsó” los aproximadamente 2,5 millones de euros en que estaba valorado el 31,38% del Betis, “al menos antes del 30 de junio de 1992, que era la fecha límite”. Según la Sala, para suscribir esas acciones “se empleó metálico” que no provenía de Lopera sino “del propio Betis”.
Farusa argumentó que subrogó el importe de las acciones en un préstamo, pero los recibos de pagos “están emitidos por las entidades bancarias a nombre del Betis”, no de la sociedad de Lopera, replicó el ponente, que lamentaba que Farusa no aportó “ningún esfuerzo probatorio” de sus tesis a pesar de que “habría sido muy fácil”. La sentencia de la Audiencia afirmaba que aquellas operaciones fueron “contratos de simulación absoluta”, de modo que “se creó una mera apariencia de desembolso, irreal a todos los efectos”, que calificó de “pirueta”.
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