Pide Zaldívar replantear la prisión preventiva oficiosa; suele castigar la pobreza y 'no la delincuencia'

Pide Zaldívar replantear la prisión preventiva oficiosa; suele castigar la pobreza y ‘no la delincuencia’

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, pidió replantear la prisión preventiva oficiosa y abrir un debate informado con argumentos sobre el tema, debido a que esta medida cautelar ha aumentado en México “de manera muy importante”.

Ello ha generado que hacinamiento en las prisiones, violación de derechos humanos” y otros problemas, pero no ha disminuido ni la delincuencia, ni la violencia”, dijo Zaldívar en conferencia de prensa este miércoles.

Aseguró que la medida “es una condena sin sentencia que castiga, en la mayoría de los casos, la pobreza y no la delincuencia y que estadísticamente afecta más a las personas de las capas más desprotegidas, a los sectores más pobres de la población y a las mujeres”.

Consideró que la prisión preventiva se debe utilizar “excepcionalmente” solo cuando exista riesgo de fuga, de destrucción de pruebas o peligren las víctimas y los testigos.

“Es necesario, que es indispensable, que es importante, replantearnos esta figura que me parece que aporta muy poco al combate contra la inseguridad y genera violaciones reiteradas a los derechos humanos de miles de mexicanas y de mexicanos”, enfatizó.

El pasado 9 de febrero, la Primera Sala de la Corte decidió, por mayoría de cuatro votos, que una vez transcurridos dos años de la prisión preventiva se tiene la obligación de revisar esta medida, por lo que el Ministerio Público debe acreditar por qué se justifica que siga.

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El amparo fue interpuesto por el Instituto de Defensoría Pública del Poder Judicial de la Federación, pero tiene efectos para cualquier persona procesada, que lleve más de dos años encarcelada en un proceso penal que aún no concluye.

Zaldívar reconoció la sentencia de la Primera Sala y reiteró que la prisión preventiva oficiosa “es inconvencional, viola la Convención Americana de los Derechos Humanos y consecuentemente el bloque de constitucionalidad del artículo primero constitucional”.




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