SCJN confirma que la UIF debe entregar versión pública de cuentas desbloqueadas

SCJN confirma que la UIF debe entregar versión pública de cuentas desbloqueadas

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la determinación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en la que se ordenó a la Unidad de Inteligencia Financiera entregar la versión pública de las resoluciones por las que se haya eliminado a personas físicas y morales de la lista de personas bloqueadas para realizar actos, operaciones o servicios con instituciones de crédito.

En esta entrega se deberá testar aquella información que haga identificable a las personas eliminadas y, en su caso, los datos personales de terceros, de 2014 a 2020.

La Corte resolvió un recurso de revisión en materia de seguridad nacional promovido por el titular de la Consejería del Ejecutivo Federal, que se inconformó por la decisión del INAI.

La SCJN consideró infundado el recurso de revisión, ya que este se basó en generalidades, que no evidencian un caso específico de probable vulneración a la seguridad nacional.

El Pleno resolvió que no se pone en riesgo la seguridad nacional por el hecho de que se entregue la información solicitada, para lo cual, según lo determinado por el INAI, se deberá elaborar una versión pública, en la que se testen aquellos datos que hagan identificables a las personas eliminadas y los datos personales de terceros.


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