TEPJF valida encuesta para candidato de Morena a gubernatura de Zacatecas

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la queja del senador José Narro Céspedes contra la definición a la candidatura del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) para gobernador de Zacatecas, y validó la resolución del Tribunal de Justicia Electoral del Estado.

Durante una sesión en línea presidida por la magistrada Janine Otálora, el Tribunal validó el triunfo del candidato David Monreal Ávila bajo la metodología de encuesta, prevista en la normativa interna de Morena. 

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Luego de que la dirigencia del partido definiera al ganador de la encuesta el pasado 19 de diciembre, Narro interpuso una serie de recursos de inconformidad. Primero ante la Comisión Nacional de Honor y Justicia Partidaria de Morena, la cual determinó que la demanda era improcedente.

Posteriormente, ante el Tribunal de Justicia Electoral del Estado, argumentando que la Comisión no atendió su solicitud de aceptar las pruebas, pero el Tribunal local consideró inexistente la omisión.

Finalmente, Narro presentó la demanda SUP-JDC-193/2021 ante el TEPJF, buscando la revocación del Tribunal local. 

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“La Sala Superior consideró que el senador Narro Céspedes no notificó ante el Tribunal local que no le fue notificada la resolución CNHJ-ZAC-018/2021 emitida por la Comisión de Justicia”, informó el TEPJF a través de un comunicado.

Durante la sesión, la Sala Superior confirmó el registro de la coalición “Juntos Haremos Historia en Tlaxcala”, conformada por los partidos Morena, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza Tlaxcala y Encuentro Social, para las elecciones a la gubernatura y diputaciones de mayoría relativa en el proceso electoral 2020-2021.

En diciembre del año pasado, los partidos mencionados solicitaron el registro de la coalición, y les fue otorgado por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, pero este fue impugnado por los partidos de la Nueva Alianza Tlaxcala y Encuentro Social Tlaxcala obtuvieron sus registros locales en los años 2018 y 2019, respectivamente, por lo que no pueden contender de manera coaligada en el actual proceso comicial. 

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En enero, el Tribunal Electoral local resolvió confirmar la resolución del Instituto electoral local para que mantuvieran el registro. Durante la sesión de hoy la Sala Superior del TEPJF resolvió que los señalamientos son infundados porque los partidos políticos no son de reciente creación, sino que perdieron su registro a nivel nacional, pero obtuvieron el porcentaje de votación suficiente para obtenerlo en alguna entidad federativa. 


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