El Tribunal de Cuentas archiva la investigación sobre el rescate a la aerolínea Plus Ultra al no constatar daño para los fondos públicos

Un avión de la aerolínea española Plus Ultra.
Un avión de la aerolínea española Plus Ultra. EFE

El Tribunal de Cuentas ha archivado las diligencias practicadas sobre la ayuda financiera a la empresa Plus Ultra Líneas Aéreas al estimar que su concesión no ha provocado daño alguno a los fondos públicos. La sección de enjuiciamiento del tribunal ha investigado la denuncia presentada por Ciudadanos sobre un presunto perjuicio causado a las arcas del Estado por esta operación, sin hallar datos que avalen esta tesis. La resolución acordada subraya que “los hechos contemplados en la acción pública no presentan indicios de haber dado lugar al incumplimiento de las leyes reguladoras del régimen presupuestario y de contabilidad aplicable al sector público”.

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El auto de archivo, dictado por el consejero Felipe García Ortiz, explica que la investigación se ha centrado en aclarar si tiene fundamento la denuncia de Ciudadanos sobre que la concesión a Plus Ultra de una ayuda financiera con cargo al Fondo de Apoyo a la Solvencia de las Empresas Estratégicas (Fasee), gestionado por la SEPI, por un importe de 53 millones de euros ha producido un “menoscabo en los fondos públicos”. El motivo de ese daño se debería, según el partido dirigido por Inés Arrimadas, a que la citada empresa no reuniría los requisitos exigidos “para ser beneficiaria de dicha ayuda”.

La ayuda consiste en un préstamo ordinario

La resolución constata a este respecto que “la ayuda financiera percibida hasta el momento por la empresa Plus Ultra, por importe de 19 millones de euros, es un préstamo ordinario y como tal no ha originado un perjuicio económico a los fondos públicos”. El auto añade que “un perjuicio a los fondos públicos por la concesión de este préstamo se produciría por su aplicación a finalidades distintas a las que fue concedido”, o por “su falta de amortización en los correspondientes plazos de vencimiento o por impago de los intereses que, en su caso, se hubieran pactado”. La jurisdicción contable sería la encargada de pronunciarse sobre todas estas circunstancias, pero “no han sido objeto de la acción pública ejercitada”.

El rescate de Plus Ultra por parte del Gobierno ha suscitado una gran polémica al tratarse de una aerolínea casi desconocida en el sector, con poca actividad y con unas cuentas maltrechas ya antes de la crisis desencadenada por la pandemia de la covid-19. Desde que se aprobó este rescate, los grupos de la oposición (PP, Ciudadanos y Vox) lo criticaron al considerar que la compañía ni es estratégica (tiene una cuota mínima de mercado) ni es solvente, requisitos establecidos para acceder al fondo de la SEPI. Además, han suscitado multitud de críticas las supuestas conexiones de la compañía con los dirigentes del régimen de Nicolás Maduro en Venezuela. El rescate de la aerolínea se encuentra actualmente investigado por el juzgado de Instrucción número 15 de Madrid, que la semana pasada ordenó suspender la entrega de 34 de los 53 millones de euros que forman parte del rescate del Gobierno. Y concedió cinco días a la compañía aérea para acreditar que realmente necesita este préstamo a fin de pagar a proveedores y asegurar su viabilidad.

El consejero del Tribunal de Cuentas subraya que su decisión ha contado con el respaldo de la Fiscalía y la Abogacía del Estado. El informe de la Fiscalía subrayaba que la ley que rige el funcionamiento del Tribunal de Cuentas y “el criterio constante de la doctrina sobre la materia” exigen que se compruebe “la realidad o efectividad del daño o perjuicio” a los fondos púbicos, “lo que significa que este ha de ser real y no meramente potencial o posible, descartando especulaciones acerca de perjuicios contingentes o dudosos”.

No se producen daños a las arcas públicas

El fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Miguel Ángel Torres, insiste en su informe en que en el ámbito de la jurisdicción contable lo más relevante es que se haya producido un daño en relación con determinados caudales públicos y que, además, ese daño sea efectivo y evaluable económicamente, “circunstancia que, en el presente caso, no se ha producido”. El texto añade que “según consta en la documentación aportada por los denunciantes”, los préstamos concedidos por el Fondo de Apoyo a la Solvencia para las Empresas Estratégicas todavía no han vencido, “resultando prematuro en el momento actual predecir el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones asumidas por la entidad beneficiaria y el consiguiente perjuicio para los fondos públicos”.

La denuncia de Ciudadanos subrayaba, a su vez, que los hechos relativos a la ayuda concedida a Plus Ultra “ponen de manifiesto que gestores públicos, en sentido amplio, pero suficiente a los presentes efectos, responsables del manejo de caudales públicos, han producido, por acción u omisión, un daño, además, grave, al erario público, desde el momento en que han hecho posible que una empresa que no reunía los requisitos establecidos por la ley, disfrute de una ayuda a la que no tenía derecho”. La tesis de Ciudadanos es que dicha empresa, “en tanto que beneficiaria ilegal de la ayuda, también incurriría en la responsabilidad correspondiente por cuanto su colaboración ha sido imprescindible para la comisión de las irregularidades denunciadas”.


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