Juez concede suspensión provisional a Laura Bozzo para no ser detenida; deberá pagar 2.6 mdp

La conductora de televisión Laura Bozzo obtuvo una suspensión provisional para evitar su detención por parte de la Fiscalía General de la República (FGR) en el proceso que enfrenta por el delito de defraudación fiscal por la venta de un inmueble embargado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El Juzgado Noveno de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México concedió a Bozzo la medida cautelar, que no implica detener el procedimiento, al considerar que el delito que se le imputa no implica la prisión preventiva oficiosa.

El juez Juan Miguel Ortiz Marmolejo dio un plazo de cinco días a la conductora para que presente una garantía por 2 millones 600 mil pesos. De lo contrario, la suspensión no surtirá efecto.

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Además, Bozzo deberá comparecer en el juzgado en los tres días siguientes a recibir la notificación y deberá estar presente en las diligencias derivadas del procedimiento. El juez también ordenó el retiro del pasaporte como medida cautelar.

El caso contra la conductora de origen peruano inició por la venta de un inmueble con el que había garantizado al SAT el pago de un adeudo por 12 millones 760 mil 071 pesos.

Laura Bozzo no podrá ser detenida mientras no se resuelva el juicio de amparo. Sin embargo, si fuese detenida deberá ser presentada ante el juez de amparo y no ante el juez de control.

“Los efectos de la concesión son para que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan y la quejosa no sea privada de su libertad personal con motivo de ese delito, hasta en tanto se resuelva lo que proceda en la suspensión definitiva”, mencionó el juez.

El pasado 11 de agosto, la conductora nacionalizada mexicana fue vinculada a proceso y el juez de control le dictó prisión oficiosa, por lo que debió presentarse en un plazo de 48 horas de forma voluntaria, lo que no ocurrió, por lo que se le consideró a partir de ese momento como prófuga de la justicia.

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Este lunes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la figura de prisión preventiva oficiosa para los delitos de defraudación fiscal y para sancionar a los factureros, al considerar que la norma aprobada por el Congreso y publicada por el Presidente viola el estándar de los derechos humanos y no se puede encuadrar en asuntos de seguridad nacional. 


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