EL PAÍS

La Suprema Corte asesta el golpe final y anula por completo el “plan B” electoral de López Obrador


El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante la votación de este jueves.Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado por completo el llamado “plan B” electoral del Gobierno, un paquete de seis reformas con las que la Administración de Andrés Manuel López Obrador pretendía acotar los recursos y las facultades del Instituto Nacional Electoral (INE), la instancia autónoma que organiza los comicios en México. Por mayoría de votos, el máximo tribunal ha resuelto este jueves que la manera como el Congreso procesó las reformas implicó violaciones graves al debido proceso legislativo, entre otras cosas, porque, en cuestión de horas, se aprobaron modificaciones a cientos de normas que los legisladores ni siquiera tuvieron tiempo de conocer. Las reformas fueron avaladas por la aplanadora oficialista en ambas Cámaras, conformada por Morena y sus aliados del Partido Verde y el Partido del Trabajo. El “plan B” se promulgó en dos partes, que fueron impugnadas por los partidos de oposición mediante sendas acciones de inconstitucionalidad. El Supremo invalidó la primera de ellas el pasado 8 de mayo. La resolución de este jueves ha cerrado el círculo, lo que permitirá al INE continuar operando sus mismos recursos, infraestructura y facultades de cara a la elección presidencial y legislativa de 2024.

La anulación total del “plan B” pone fin a uno de los capítulos más políticamente conflictivos del sexenio de López Obrador. La reforma al aparato electoral ha sido uno de los proyectos políticos prioritarios del presidente. Inicialmente, López Obrador intentó una reforma a la Constitución de gran calado con el que buscaba, entre otras cosas, remover a todos los integrantes del INE y el Tribunal Electoral y que los legisladores fueran elegidos mediante listas estatales. Era el proyecto original, el “plan A”, que no prosperó porque el oficialismo no logró construir en el Congreso las mayorías calificadas necesarias —dos terceras partes— para reformar artículos de la Carta Magna. Ello dio paso al “plan B”, un nuevo paquete de reformas, esta vez, a leyes secundarias, para las que se requiere del voto de una mayoría simple, que Morena y sus aliados reúnen con creces en ambas Cámaras. El oficialismo recurrió a la aplanadora legislativa para aprobar en cuestión de horas, sin someterlas a debate con la oposición, las iniciativas enviadas por López Obrador.

La primera parte del “plan B” reformaba la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Con esos cambios, el Gobierno pretendía dar rienda suelta a los funcionarios públicos —especialmente al presidente López Obrador— para que pudieran hacer posicionamientos políticos y promover su imagen y a su partido. La segunda parte modificó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y expidió la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral. En estas reformas anidaban las restricciones al presupuesto y las facultades del INE. Los partidos de oposición y grupos de activistas vieron en estas modificaciones una medida de control para manipular las elecciones.

El Supremo no entró al fondo del análisis de la constitucionalidad de las reformas, sino que consideró que las violaciones al procedimiento legislativo fueron suficientemente graves para invalidar las modificaciones. Los mismos nueve ministros que votaron con este razonamiento la primera vez lo volvieron a hacer, congruentemente, en la sesión de este jueves. Solo las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel —ambas propuestas por López Obrador a la Corte— votaron en contra de anular el “plan B”, al considerar que las violaciones cometidas por los legisladores no tenían “potencial invalidante”, es decir, que no fueron tan graves.

Cinco de los jueces de la SCJN durante la votación de este jueves.Suprema Corte de Justicia de la Nación

Los ministros Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez, autores de los proyectos de sentencia que terminaron por invalidar las reformas, señalaron que las iniciativas del “plan B” no fueron publicadas con la debida anticipación en la Gaceta Parlamentaria, además de que se avaló, sin la debida justificación, una dispensa de trámite que impidió que las propuestas se dictaminaran en comisiones y que fueran aprobadas en una misma sesión en cuestión de horas. El proyecto de Laynez añade dos agravantes en lo que respecta a la segunda parte del “plan B”. Una de ellas está relacionada con la cláusula de la vida eterna que Morena, el PT y el Partido Verde introdujeron de último momento en el proyecto cuando la Cámara de Diputados ya estaba discutiendo en el pleno, de modo que los legisladores no solo no conocieron con anticipación las propuestas de modificaciones, sino que incluso la que recibieron a destiempo fue cambiada sin que se les avisara.

La otra agravante derivó precisamente de esa cláusula, que permitiría a Morena repartir votos a sus aliados del Verde y el PT a fin de garantizar su subsistencia (la ley obliga a los partidos a alcanzar un mínimo de votos en cada elección para mantener su registro y el derecho a recibir financiamiento público). La inclusión de la cláusula fue aprobada en la Cámara de Diputados y luego avalada por el Senado. Ello hizo enojar al presidente López Obrador, que siempre ha criticado que los partidos vivan del erario. El mandatario exigió a los legisladores que revirtieran esa modificación, lo que fue acatado por la Cámara de Diputados en otra ronda de revisiones bicamerales. El proyecto del ministro Laynez señala que la Constitución prohíbe que una de las Cámaras modifique disposiciones que ya habían sido aprobadas conjuntamente por ambas en un mismo proceso legislativo, como fue el caso.

La ministra Esquivel, que arrastra señalamientos por el plagio de sus tesis de licenciatura y doctorado, ha afirmado que la misión de la Suprema Corte no es juzgar los procedimientos legislativos, sino analizar a fondo si el contenido de las leyes aprobadas es constitucional o no. “Simplemente erigirnos como gestores de las buenas prácticas parlamentarias es una aportación limitada para lo que la Constitución nos exige, que es la de poner fin a los conflictos. Me parece que hoy vamos a emitir una resolución sin resolver el fondo del problema”, ha afirmado. “Quedarnos en este tipo de exámenes superficiales, los cuales son, por cierto, cada vez más frecuentes, nos resta credibilidad, especialmente en esta materia, la electoral, en la que los actores políticos y la ciudadanía esperan de la Suprema Corte una labor sustantiva, de mayor profundidad, y no de un mero cotejo y palomeo de los formalismos procedimentales”, ha añadido.

El ministro Juan Luis González Alcántara replicó a Esquivel. “El estudio de los vicios del procedimiento legislativo no es nunca superficial, la forma es siempre fondo cuando no se garantiza una deliberación democrática. La deliberación es fundamental para la democracia y la libertad”, ha afirmado. El ministro Alberto Pérez Dayán ha defendido la importancia de vigilar el trámite de las normas, pues estas regirán la vida de toda la población. “Las violaciones que aquí se describen son patentes, y me permiten advertir infracciones a la calidad democrática en la discusión de una norma que se convierte en la regla que deberá obedecer todo el pueblo de México”, ha indicado.

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